martes, 10 de mayo de 2011

Legislación


Estos son los artículos de las leyes Federal y Nacional de Educación que hacen referencia a las altas capacidades:



CAPÍTULO VII
Regímenes especiales

Artículo 33°
Las autoridades educativas oficiales:
  • Organizarán o facilitarán la organización de programas a desarrollarse en los establecimientos comunes para la detección temprana, la ampliación de la formación y el seguimiento de los alumnos/as con capacidades o talentos especiales.



CAPÍTULO II
DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

ARTÍCULO 93.- Las autoridades educativas jurisdiccionales organizarán facilitarán el diseño de programas para la identificación, evaluación temprana, seguimiento y orientación de los/as alumnos/as con capacidades o talentos especiales y la flexibilización o ampliación del proceso de escolarización.

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